Con
indecente frecuencia, se llenan los medios de comunicación con escandalosas
noticias sobre delitos cometidos por políticos, casi todos ellos, relacionados
con casos de corrupción.
Y, casi
siempre, aunque las noticias están
relacionadas con hechos o delitos acaecidos en el pasado y muy rara vez se
refiere a casos del presente, la percepción de los ciudadanos es que la
corrupción alcanza niveles tan escandalosos que inhabilitan a los políticos que
desempeñan o han desempeñado puestos de responsabilidad en la gestión pública para
seguir des empeñándolos.
Al mismo
tiempo, los políticos en ejercicio, en especial los que ocupan hoy y quieren
seguir ocupando mañana cargos en el gobierno, protestan, casi a gritos,
proclamando su inocencia; incluso algunos presumen de haber aprobado leyes para
impedir la corrupción y perseguir a los corruptos.
En todo
caso, al final, para evitar la presunción de culpabilidad que sobre los
políticos tiene la sociedad y, poder aceptar de alguna manera las proclamas de
honestidad de aquellos, sería bueno que todos tuviéramos claros algunos
conceptos que tanto en la práctica empresarial como en las leyes y en la
jurisprudencia, están sólidamente asentados.
Con ello me
refiero a la responsabilidad de los empresarios o de los directivos de las empresas
por las consecuencias de las acciones de sus colaboradores y a las
culpas in eligendo e in vigilando incluidas en el Código Civil.
Es bien
conocido que en la doctrina y en la práctica de la gestión empresarial que, la
delegación de funciones, implica siempre la delegación de autoridad, entendida esta como la cesión del poder de mando que hace el
superior sobre un colaborador para gestionar con eficiencia las funciones
delegadas; sin embargo, también está muy claro que si la autoridad se delega, la
responsabilidad se comparte porque esta es, por su propia naturaleza,
indelegable.
En
consecuencia con lo anterior, en una cadena de mando, los éxitos y los fracasos
de un colaborador, conseguidos por este mediante el uso de su autoridad, lo son también de sus superiores jerárquicos;
pero, ¿hasta qué nivel de la cadena de mando se es responsable de los éxitos o
fracasos, especialmente de los fracasos, de los colaboradores? La respuesta es
sencilla: hasta el nivel en que el superior
puede “compensar” los malos resultados del subordinado, todos los jefes
intermedios son responsables y han de “pagar”
por ello. Realmente son responsables porque han elegido mal a sus
subordinados y/o, no los han supervisado adecuadamente.
En el caso
de los políticos la responsabilidad es similar, si los malos hechos de un cargo
político o partidario pueden ser compensados por el “superior”, este queda
exento, pero si no puede, es responsable.
En el caso
de la corrupción generalizada en un partido político, cuando esta llega a “muy
alto”, es evidente que quien debe pagar, independientemente de que pueda tener
muchas virtudes, es quien lo preside, porque era su responsabilidad elegir bien a sus colaboradores
y vigilar el desempeño correcto de sus funciones; es decir porque tiene culpa
in eligendo y/ o, culpa in vigilando.