sábado, 4 de noviembre de 2017

749. DE LOS DELITOS, DE LOS JUICIOS Y DE LAS PENAS

Para comenzar, tres definiciones del Diccionario de la RAE: Delito es “culpa, quebrantamiento de la ley”; Juicio penal es el  que tiene por objeto establecer la responsabilidad de una persona en un delito; Pena es el castigo impuesto conforme a la ley por los jueces o tribunales a los responsables de un delito o falta.

Es decir, para que haya delito es imprescindible que haya previamente una ley que establezca  que una acción u omisión es  delito. Así, en España, no pagar impuestos o  malversar caudales públicos son delitos porque así se establece en el Código Penal.

Por supuesto, hay muchos españoles a los que parece muy mal la exigencia legal de pagar impuestos e incluso consideran héroes y no delincuentes a quienes cometen estos delitos. Pero, a pesar de lo que se pueda opinar,  la realidad objetiva es que si un hecho  está contemplado como delito en el Código Panal, nos guste o no nos guste, es un delito.

En consecuencia, si alguien, cualquier persona, sea quien sea,  mata, roba, evade impuestos o malversa dinero público, al hacerlo comete un delito.

Pero, por otro lado, nadie que comete un delito, porque así lo determinan las leyes, puede ser castigado sin antes ser sometido a Juicio por lo que ha  hecho o no hecho. Y, por supuesto, cualquier persona, sea quien sea,  que comete un delito, es sometido a Juicio.

Finalmente, en el  Juicio  se determina, de acuerdo a las leyes,  si la persona  juzgada es responsable del delito que se le imputa y el Juez o el Tribunal  impone la pena prevista en el Código Penal.

Pues bien, en España, hay no pocas  personas, desde particulares hasta funcionarios y políticos,  que han  cometido delitos de  evasión de impuestos o  de malversación de caudales públicos; también hay personas, bastantes, que aparentemente, porque lo ha descubierto la policía o alguien, cualquier persona, aportando algunas pruebas, se lo ha contado a la policía o a un juez y que, al igual que si hubieran cometido el delito, han tenido que ir a juicio.

Y, en España, lamentablemente, vemos que se celebran juicios por evasión de impuestos, malversación de caudales públicos y por otros muchos delitos. Y hemos visto, estamos viendo, a empresarios, profesionales,  funcionarios,  políticos y hasta a una Infanta de España, sentados en el  banquillo y  los Magistrados que los han juzgado unas veces han absuelto, porque no había  responsabilidad,   y otras han condenado, imponiendo a cada uno su pena porque son culpables.

Y no nos podemos rasgar las vestiduras, si alguien ha  hecho  algo que es un delito, aunque a mí  o a mucha gente le  parezca muy bien  y  nos  guste mucho lo que aquel ha hecho, ya sea  matar un hombre muy malo, evadir impuestos o   regalar  dinero obtenido, malversando, caudales públicos,  ha cometido un delito, es obligatorio que sea juzgado y absuelto o condenado a la pena que corresponda en el Código Penal.

Que me agrade  o no me agrade,  que los políticos independentistas catalanes sean acusados, con pruebas suficientes, de haber cometido delitos, es  lo mismo, mi opinión no cuenta, solo cuenta lo que dice el Código Penal.

Y no olvidemos otra cosa la justicia es para todos y el Código Penal también es para todos, Si queremos que la evasión de impuestos la malversación de caudales públicos, el hurto, las lesiones o el homicidio no sean delitos y no hayan de ser juzgados ni  condenados, lo tenemos muy sencillo: decir a nuestros políticos que en el  Congreso de los Diputados cambien el Código Penal…y que lo hagan.

Nota:

Dice la RAE que Delito político es el  que establecen los sistemas autoritarios en defensa de su propio régimen, ergo,  si en España  no existe, porque es democrático,  un  sistema autoritario, no existen delitos políticos,  juicios políticos, penas políticas ni, por supuesto, presos políticos.


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